INFORMACION DGT

Información de la Dirección General de Tráfico del Real Decreto 818/2009, en el cual indica que para las personas con enfermedad renal, deberán de presentar un informe favorable del nefróloga/o.

La Dirección General de Tráfico (DGT) recoge una lista de enfermedades con las que será imprescindible presentar “un informe favorable» del médico especialista para poder llevar a cabo la adquisición o renovación del carnet de conducir. Las limitaciones se especifican en el Real Decreto 818/2009 de 8 de mayo , en sus apartados aparecen las enfermedades, trastornos o deficiencias que impiden la renovación del permiso de circulación. Sin dicho informe ningún Centro de Reconocimiento de Conductores podrá realizar la tramitación

En el caso de la enfermedad renal crónica

Nefropatía con diálisis: con informe favorable se le dará entre 1 y 10 años. Informe desfavorable, no apto.

​Trasplante renal: las/os receptores solo podrán renovar el carnet de conducir con un informe favorable de nefrología, y si han transcurrido más de seis mes del trasplante y no han habido problemas posteriores.

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